Las reformas en viviendas suponen un gasto importante en la economía familiar. Lo normal es buscar subvenciones y otras formas de minimizar estos costes. En otro artículo ya hablamos de las ayudas para obras en hogares de Bizkaia y en este post, nos vamos a centrar en las opciones que tienes para desgravar reformas en la vivienda habitual.
¿Qué reformas de viviendas se pueden desgravar?
Según el Real Decreto-ley 6/2010 de 9 de abril, se pueden desgravar reformas en la vivienda habitual:
“que tengan por objeto la mejora de la eficiencia energética, la higiene, salud y protección del medio ambiente, la utilización de energías renovables, la seguridad y la estanqueidad, y en particular la sustitución de las instalaciones de electricidad, agua, gas u otros suministros, o favorezcan la accesibilidad al edificio o las viviendas, así como por las obras de instalación de infraestructuras de telecomunicación realizadas durante dicho período que permitan el acceso a Internet y a servicios de televisión digital en la vivienda habitual del contribuyente.”
En esta línea se encuentra también el Plan Estatal de Vivienda 2018-2021, elaborado por el Ministerio de Fomento.
Plan Estatal de Vivienda: ayudas para desgravar reformas en la vivienda habitual
Este plan agrupa una serie de ayudas o subvenciones dirigidas a satisfacer las necesidades actuales y la limitación de recursos. En lo referente a las reformas en viviendas encontramos:
Programa para el fomento de la mejora de la eficiencia energética y sostenibilidad en viviendas
Son beneficiarios:
- Los propietarios de viviendas unifamiliares aisladas o agrupadas en fila y de edificios existentes de tipología residencial de vivienda colectiva, así como de sus viviendas, bien sean personas físicas o bien tengan personalidad jurídica de naturaleza privada o pública.
- Administraciones Públicas y los organismos y demás entidades de derecho público, así como las empresas públicas y sociedades mercantiles participadas, íntegra o mayoritariamente, por las Administraciones Públicas propietarias de los inmuebles.
- Las comunidades de propietarios, o las agrupaciones de comunidades de propietarios.
- Las sociedades cooperativas.
- Los propietarios que, de forma agrupada, sean propietarios de edificios.
- Las empresas constructoras, arrendatarias o concesionarias de los edificios, así como cooperativas que acrediten dicha condición.
- Empresas de servicios energéticos.
Siempre que cumplan estos requisitos:
- Viviendas unifamiliares o edificios.
- El 50% de las viviendas del edificio o la vivienda unifamiliar deben constituir domicilio habitual.
- Se exige una reducción de la demanda energética anual global de calefacción y refrigeración:
- Zonas climáticas D y E: 35%
- Zona climática C 25%
- Zonas climáticas alfa, A y B 20%
- Antigüedad del inmueble preferentemente anterior a 1996
- 70% de la superficie de los edificios de uso residencial de vivienda.
Son beneficiarias las mismas personas que en el programa de mejora de la eficiencia energética y sostenibilidad en viviendas salvo las empresas de servicios energéticos. En cuanto a los requisitos, son iguales a excepción de la reducción de la demanda energética.
¿Nuevas desgravaciones para 2022?
Estará destinado a personas físicas que demuestren la realización de reformas en su vivienda habitual o en una vivienda de su propiedad alquilada como vivienda habitual.
Se prevé tres porcentajes de deducción según el alcance de la mejora energética:
- Del 20%: la podrán solicitar quienes hagan reformas que reduzcan al menos un 7% la demanda de calefacción y refrigeración de la vivienda.
- Del 40%: siempre que la mejora energética suponga una reducción de un 30% del consumo de energía primaria no renovable. Estas modificaciones deberán acreditarse a través del certificado de eficiencia energética.
- Del 60%: para obras de rehabilitación que contribuyan a la mejora de la eficiencia en edificios completos de uso predominantemente residencial. Los criterios para recibirla serán una reducción del consumo de energía primaria no renovable de un 30 % como mínimo, o bien la mejora de la calificación energética del edificio para obtener una clase energética A o B, en la misma escala de calificación.
La idea es que, combinando las deducciones con las ayudas arriba mencionadas, los ciudadanos tengan un aliciente muy potente para invertir en este tipo de obras.